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La ANMAT prohibió la venta de dos chocolates y advirtió sobre posibles efectos adversos

El organismo no pudo verificar las condiciones de fabricación de los productos.

La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino y plataformas de venta en línea de una marca de chocolate con maní.

El organismo determino que se trata de un producto “ilegal” por no presentar correctamente la información necesaria en su etiqueta. También omitieron las alertas a “efectos adversos” que podrían tener ciertas personas celíacas o alérgicas.

A través de la disposición 3998/2023, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT informó que la medida surgió de una auditoría llevada a cabo por la Dirección de Bromatología y Zoonosis de la Municipalidad de Florentino Ameghino de la provincia de Buenos Aires.

Tras una verificación de los rótulos de los productos por parte de DIPA se determinó que tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205, como el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) mencionado pertenecen a otra razón social que no cuenta con autorización para elaborar alimentos libres de gluten.

Los chocolates prohibidos por ANMAT

De esta manera se determinó la prohibición de la “elaboración, fraccionamiento y comercialización” en todo el territorio nacional de dos productos:

Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite.

Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Un caso similar fue el que dio a conocer la ANMAT a través de la disposición 1267/2022, cuando el organismo informó sobre una consulta radicada en la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires a fines de verificar si un producto estaba autorizado para circular.

Desde la DIPA, precisaron que el registro del “chocolate con leche, maní y cereal; marca Crok -por el cual se radicaba la consulta en cuestión- era inexistente. Bajo la misma línea, agregaron que no había tampoco establecimientos autorizados para la elaboración de la golosina.

En consecuencia, se solicitó ante la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria llevar a cabo una inspección del local expendedor del artículo.

Para el caso particular, al tratarse de un producto que se vende online, la investigación se centró en la comercialización a través de plataformas de internet.

Hecha la indagación, y tras constatarse la irregularidad, se recomendó a la ANMAT que el producto “no pueda ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio” a fin de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”.

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